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Vehículo con garantía oficial en vigor

Audiencia Nacional, Sala de lo Contencioso-administrativo, Sección 6ª, Sentencia

Resumen: FALTAS Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS. DEFENSA DE LA COMPETENCIA. Conformidad a derecho del archivo de actuaciones realizadas como consecuencia de denuncia a empresa automovilística porque ha exigido a los propietarios de los vehículos que abonasen el coste de las reparaciones, negando de esta manera la aplicación de la garantía oficial en vigor. El denunciante señala que los concesionarios de la empresa denunciada afirman tener instrucciones de no aceptar garantías de vehículosrevendidos por la denunciante. La afectación del mercado por la conducta denunciada y su aptitud para producir restricciones a la libre competencia no existe, dado el número de casos que son objeto de denuncia. Su escaso número impiden apreciar un efecto potencial sobre la competencia de manera significativa. Las discrepancias examinadas podrán ser objeto del correspondiente proceso judicial, pero no se aprecia afectación al interés público, que es presupuesto de actuación de la CNC.

FALLAMOS

Que desestimando el recurso contencioso administrativo , frente a la Administración del Estado , dirigida y representada por el Sr. Abogado del Estado, sobre Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia de fecha 17 de diciembre de 2010 , debemos declarar y declaramos ser ajustada a Derecho la Resolución impugnada, y en consecuencia debemos confirmarla y la confirmamos , sin expresa imposición de costas.

Así por ésta nuestra sentencia, que se notificará haciendo constar que contra la misma cabe recurso de casación, siguiendo las indicaciones prescritas en el articulo 248 de la Ley Orgánica 6/1985 , y testimonio de la cual será remitido en su momento a la oficina de origen a los efectos legales junto con el expediente, en su caso, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

PUBLICACIÓN / Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada Ponente de la misma, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional.

  • En Contra: SOCIEDAD MERCANTIL


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